Las zonas de este capitulo fueron reemplazadas por las areas establecidas en la Ordenanza 2706/25.
Áreas Vigentes
a) Área Urbanizable
- (1) Área Urbanizable Primera Sección
- (2) Área Urbanizable Segunda Sección
- (3) Área Urbanizable Tercera Sección
b) Área de Amortiguación
c) Área Industrial o asimilable
- (5) Corredor Industrial de la Ruta 9
- (6) Polígonos Industriales en el Área Urbanizable
- (7) Polígonos Industriales en el Área de Valor Estratégico
- (8) Grandes Infraestructuras
d) Área Rural
e) Área de Valor Estratégico
- (11) Área de Valor Estratégico Parque Agrario Caroya
- (12) Área de Valor Estratégico Parque Agrario Caroya Oeste
- (13) Área de Valor Estratégico Puerto Caroya
- (14) Área de Valor Estratégico Remediación de Canteras y Depósitos de RSU a Cielo Abierto
- (15) Corredor de Valor Estratégico Ferrocarril Ramal «Ex Canteras El Sauce»
- (16) Corredor de Valor Estratégico Pedro Patat
- (17) Corredor de Valor Estratégico Marcos Perdía Oeste
- (18) Red de Valor Estratégico Escolar y Comunitario
f) Área de Interés Ambiental, Natural Protegida y/o Patrimonial
- (19) Corredor de Interés Ambiental y Patrimonial Avenida San Martín
- (20) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Estancia Jesuítica Caroya
- (21) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Sistema de Riego
- (22) Área de Interés Ambiental, Natural Protegida y de Riesgo — Unión de los ríos La Granja y San Cristóbal
- (23) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Reserva San Carlos
- (24) Área de Interés Ambiental y Natural Protegida Río Carnero
- (25) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Bosque Nativo
- (26) Red de Interés Ambiental y Patrimonial Monumentos Históricos
ZONA 7-C3: Comercial Ruta Nº9
Artículo 271º — De la delimitación
Frente Este de Ruta Nº9 entre calles Nº124 y calle Carlos Griguol (Nº47).-
Ambos frentes Ruta Nº9 entre calles Carlos Griguol (Nº47) y calle La Cancha.-
Artículo 272º — De los usos del suelo
Según se especifícan en el Título II, Capítulo II, Sección 3, de esta Ordenanza.-
272.a- Usos Dominantes:
272.a.1- Uso Comercial:
272.a.1.1- Comercios Minoristas y/o Mayorista Incómodo y/o Peligroso en todas las escalas.-
272.a.1.2- Comercios Mayorista en General, en todas las escalas.-
272.a.2- Uso Servicios:
272.a.2.1- Servicios Recreativos:
272.a.2.1.1- Servicios Recreativos Generales: en todas las escala.-
272.a.2.1.2- Servicios Recreativos con Actividades Incómodas, en todas las escalas.-
272.a.2.2- Servicios del Automotor:
272.a.2.2.1- Talleres Mecánicos en todas las escalas.-
272.a.2.2.2- Lavaderos de Automóviles; en todas las escalas.-
272.a.2.2.3- Estaciones de Servicio.-
272.a.2.3- Depósitos:
272.a.2.3.1- Depósitos de todos los tipos.-
272.b- Usos Complementarios:
272.b.1- Uso Habitacional:
272.b.1.1- Residencial Viviendas: Unifamiliar, Multifamiliar.-
272.b.1.2- Vivienda Transitoria:
272.b.1.2.1- Hotel. En todas las escalas
272.b.1.2.2- Motel.-
272.b.2- Uso Comercial:
272.b.2.1- Comercios Minoristas de Comestibles y artículos asociados en todas las escalas.-
272.b.2.2- Comercios Minoristas en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, en todas las escalas.-
272.b.3- Uso Servicios:
272.b.3.1- Servicios Básicos y Generales: complementarios al uso residencial, en todas las escalas.-
272.b.3.2- Servicios del Automotor:
272.b.3.2.1- Playas de Estacionamiento de Uso Público y Cocheras.-
272.b.3.3- Transporte y Comunicación:
272.b.3.3.1- Agencias de remises y taxis.-
272.b.3.3.2- Servicios Transporte en todas las escalas.-
272.b.3.3.3- Servicios Transporte con actividades incómodas.-
272.b.3.4- Infraestructura Urbana.-
272.b.3.5- Servicios Centrales en todas las escalas.-
272.b.4- Uso Equipamiento:
272.b.4.1- Social y Deportivo:
272.b.4.1.1- Social y Deportivo en todas las escalas.-
272.b.4.1.2- Social y Deportivo, con Actividades Incómodas y/o Peligrosas.-
272.b.5- Uso Productivo:
272.b.5.1- Uso Industrial:
272.b.5.1.1- Actividades Industriales Inocuas.-
272.b.5.1.2- Actividades Industriales Tolerables.-
272.b.6- Uso Mixto:
272.b.6.1- Comercial (micro escala) – Residencial.-
272.c- Usos No Permitidos:
272.c.1- Uso Habitacional:
272.c.1.1- Vivienda Comunitaria.-
272.c.1.2- Vivienda Temporaria.-
272.c.1.3- Vivienda Transitoria:
272.c.1.3.1- Hotel por Hora.-
272.c.1.3.2- Casas Rurales.-
272.c.1.3.3- Albergues Rurales.-
272.c.2- Uso Servicios:
272.c.2.1- Servicios Fúnebres.-
272.c.2.2- Servicios de Seguridad de pequeña escala.-
272.c.2.3- Servicios Industriales.-
272.c.3- Uso Equipamiento:
272.c.3.1- Educativo, de todos los Niveles.-
272.c.3.2- Sanitario en todas las escalas.-
272.c.3.3- Cultural:
272.c.3.3.1- Cultural:en todas las escalas.-
272.c.3.3.2- Cultural con Actividades Incómodas.-
272.c.3.4- Religioso, en todas las escalas.-
272.c.4- Uso Productivo:
272.c.4.1- Uso Industrial:
272.c.4.1.1- Actividades Industriales Molestas.-
272.c.4.1.2- Actividades Industriales Asimilables al uso Industrial.-
272.c.4.2- Uso Artesanal en general.-
272.c.4.3- Uso Agropecuario.-
Artículo 273º — Del fraccionamiento del suelo
273.a- Manzanas:
273.a.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
273.a.2- DIMENSIONES MÍNIMAS: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
273.a.3- SUPERFICIE MÍNIMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
273.b- Parcelas:
273.b.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.4 de la presente Ordenanza.-
273.b.2- Dimensiones Mínimas:
273.b.2.1- FRENTE: 20,00 m (veinte metros).-
273.b.2.2- FONDO: 40,00 m (cuarenta metros).-
273.b.3- SUPERFICIE MÍNIMA: 800m2 (ochocientos metros cuadrados).-
Artículo 274º — De la ocupación del suelo
274.a- Uso Comercial/Otros:
274.a.1- En Lotes Entre Medianeras:
274.a.1.1- F.O.S.: 80%
274.a.1.2- F.O.T.: 1,00
274.a.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
274.a.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
274.a.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m(cero metros).-
274.a.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres) metros: 5,00 m (cinco metros).-
274.a.1.7- Altura de la Edificación: 8,00 (ocho) metros.-
274.a.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
274.a.1.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
274.a.2- En Lotes En Esquina:
274.a.2.1- F.O.S.: 80%
274.a.2.2- F.O.T.: 1,00
274.a.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros) .-
274.a.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
274.a.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
274.a.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 3,00 m (tres metros).-
274.a.2.7- Altura de la Edificación: 8,00 m (ocho metros).-
274.a.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
274.a.2.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
274.b- Uso Habitacional:
274.b.1- En Lotes Entre Medianeras:
274.b.1.1- F.O.S.: 60%
274.b.1.2- F.O.T.: 0,8
274.b.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
274.b.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
274.b.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
274.b.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
274.b.1.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros). Se permite llegar a una altura máxima de 8,00 m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
274.b.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
274.b.1.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
274.b.2- En Lotes En Esquina:
274.b.2.1- F.O.S.: 60%
274.b.2.2- F.O.T.: 0,8
274.b.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
274.b.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
274.b.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
274.b.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 3,00 m (tres metros).-
274.b.2.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros). Se permite llegar a una altura máxima de 8,00 m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
274.b.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
274.b.2.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
Artículo 275º — Del ancho de calles
Según lo dispuesto el Título II, Capítulo II, Sección 4.2 de la estructura de la red vial de la presente Ordenanza. Se debe dar continuidad a la red vial existente.-